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Un presidente que solo busca venganza no sirve, para ser comisariado ejidal

Rotativo

FORO AGRARIO MEXICO

por Reynaldo Magaña


En el marco de la Ley Agraria, el comisariado ejidal se erige como el órgano de representación y administración de los ejidos en México. Los artículos 32 y 37 de esta ley establecen que el comisariado ejidal está compuesto por un presidente, un secretario y un tesorero, quienes son elegidos por la asamblea ejidal, el órgano supremo del ejido. La función principal de estos representantes es velar por los intereses de todos los ejidatarios, administrar los bienes ejidales y garantizar el cumplimiento de las decisiones tomadas en la asamblea.

No obstante, en muchas ocasiones, la realidad dista de este ideal. En numerosos ejidos, hay individuos que, durante años, buscan ser elegidos como presidentes del comisariado ejidal. Estos individuos, a menudo movidos por un espíritu de oposición, finalmente logran acceder al puesto tras décadas de intentos fallidos. Sin embargo, al asumir el cargo, descubren que su verdadero deseo no era gobernar, sino mantenerse en la oposición.

El desempeño de la presidencia del comisariado ejidal requiere habilidades de liderazgo, justicia y una visión inclusiva. El artículo 33 de la Ley Agraria subraya que el presidente debe actuar con imparcialidad, transparencia y en beneficio de toda la comunidad ejidal, atento al tenor literal siguiente; …”Son facultades y obligaciones del comisariado: representar al núcleo de población ejidal y administrar los bienes comunes del ejido, en los términos que fije la asamblea, con las facultades de un apoderado general para actos de administración y pleitos y cobranzas; procurar que se respeten estrictamente los derechos de los ejidatarios; convocar a la asamblea en los términos de la ley, así como cumplir los acuerdos que dicten las mismas; y dar cuenta a la asamblea de las labores efectuadas y del movimiento de fondos, así como informar a ésta sobre los trabajos de aprovechamiento de las tierras de uso común y el estado en que éstas se encuentren”…

 Sin embargo, aquellos que acceden al cargo motivados por un espíritu de oposición, frecuentemente carecen de estas cualidades esenciales. Su gestión tiende a centrarse en la venganza y en la representación de un grupo reducido de ejidatarios, en lugar de promover el bienestar común.

Este comportamiento no solo contraviene los principios establecidos en la Ley Agraria, sino que también socava la cohesión y el desarrollo del ejido. La administración parcial y vengativa genera divisiones internas, reduce la confianza en las instituciones ejidales y frena el progreso comunitario. La falta de una gestión inclusiva y justa puede llevar a conflictos internos, disminución de la actividad productiva del núcleo agrario y un ambiente de constante división y enfrentamiento.

Los artículos 23 y 40 de la Ley Agraria estipulan que la asamblea ejidal, como máximo órgano de decisión, tiene la facultad de revocar el mandato del comisariado ejidal si éste no cumple con sus deberes. Esta disposición es fundamental para proteger a la comunidad de líderes que no están alineados con los intereses colectivos.

En diversos ejidos a lo largo del país, se han documentado casos donde presidentes del comisariado ejidal, una vez en el poder, se dedican a promover intereses personales o de pequeños grupos, dejando de lado las necesidades del colectivo. Estos casos han sido denunciados ante la Procuraduría Agraria y han llevado a la destitución de líderes corruptos, resaltando la importancia de la vigilancia y la participación activa de los ejidatarios en la gestión de su comunidad.

El liderazgo en un ejido no debe ser visto como una herramienta de poder o venganza, sino como una oportunidad para servir y mejorar las condiciones de vida de todos los miembros del ejido. La Ley Agraria proporciona un marco robusto para asegurar una administración justa y efectiva, pero su éxito depende de la integridad y el compromiso de los líderes electos y de la vigilancia constante de la comunidad ejidal.

El acceso a la presidencia del comisariado ejidal después de décadas de intentos puede parecer una victoria personal para algunos, pero el verdadero desafío comienza con la responsabilidad de gobernar para todos. La constitución y su norma reglamentaria en esta materia, la ley Agraria, ofrecen un marco claro para una gestión justa e inclusiva, pero es esencial que los líderes ejidales adopten estos principios en su actuación diaria. Solo así se puede garantizar el desarrollo sostenible y la cohesión de las comunidades ejidales, promoviendo un futuro de prosperidad y justicia para todos sus miembros.

*El autor es especialista en derecho agrario

 

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